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IGIC alquiler vacacional Canarias 2026: guía definitiva actualizada para propietarios

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IGIC alquiler vacacional Canarias 2026: guía definitiva actualizada para propietarios

El IGIC en el alquiler vacacional en Canarias en 2026 sigue siendo uno de los pilares fiscales más importantes para cualquier propietario que explote una vivienda con fines turísticos.

Sin embargo, la clave ya no es solo “si se paga o no”, sino entender correctamente cuándo se considera actividad económica, qué régimen fiscal aplica y cómo afecta a la rentabilidad real del alquiler.

En esta guía te explicamos de forma clara, actualizada y práctica:

  • Cuándo se aplica IGIC en alquiler vacacional

  • Qué obligaciones fiscales existen en 2026

  • Cómo funcionan los modelos 400, 420 y 425

  • Qué es el REPEP y cuándo interesa

  • Ejemplos reales para entender el cálculo


Qué es el IGIC y cómo afecta al alquiler turístico en Canarias

El IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) es el impuesto indirecto propio de Canarias, equivalente al IVA en el resto de España.

En 2026, el tipo general aplicado a servicios de alojamiento turístico se mantiene en el 7%.

La administración tributaria considera que el alquiler vacacional, cuando se explota de forma habitual o con finalidad turística, constituye una actividad económica de prestación de servicios de alojamiento, sujeta a IGIC.

👉 Importante: no depende solo de la plataforma (Airbnb o Booking), sino del uso real del inmueble.


Cuándo se paga IGIC en alquiler vacacional y cuándo no

La clave no es la duración del alquiler, sino su finalidad y forma de explotación.

Casos en los que NO se aplica IGIC

Un alquiler puede quedar fuera del IGIC cuando existe una finalidad no turística:

  • Vivienda habitual con contrato de larga duración

  • Alquiler de temporada por motivos laborales, estudios o traslado

  • No hay comercialización turística

  • No se prestan servicios propios de actividad hotelera

👉 Lo determinante es que no exista explotación turística del inmueble.


Casos en los que SÍ se aplica IGIC

Se aplica IGIC cuando existe actividad de alquiler vacacional:

  • Publicación en plataformas como Airbnb, Booking u otras OTA

  • Estancias de corta duración con finalidad turística

  • Rotación habitual de huéspedes

  • Explotación económica del inmueble como alojamiento

En estos casos, en 2026 se aplica el tipo general del 7% IGIC.


Obligaciones fiscales del alquiler vacacional en Canarias 2026

Si explotas una vivienda vacacional, entras dentro del sistema tributario del IGIC y debes cumplir ciertas obligaciones ante la Agencia Tributaria Canaria.


Modelo 400 IGIC: alta de actividad

Es el primer paso obligatorio antes de comenzar la actividad.

Permite:

  • Darse de alta como empresario o profesional

  • Comunicar actividad de alojamiento turístico

  • Activar obligaciones fiscales en Canarias

👉 Sin este alta, la actividad no está correctamente registrada.


Modelo 420 IGIC: declaración trimestral

Se utiliza en el régimen general del IGIC.

Incluye:

  • IGIC repercutido a huéspedes

  • IGIC soportado en gastos deducibles

  • Resultado a ingresar o compensar

Se presenta trimestralmente según calendario de la ATC.


Modelo 425 IGIC: resumen anual

Es un resumen global de la actividad del ejercicio fiscal.

Incluye:

  • Base imponible anual

  • IGIC devengado

  • Periodos con o sin actividad

Se presenta habitualmente en enero del año siguiente cuando aplica.


Régimen REPEP en Canarias 2026 (pequeños empresarios)

El REPEP (Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional) sigue siendo una figura clave para pequeños propietarios.

Está diseñado para simplificar la tributación en determinados casos.


Requisitos habituales

  • Ingresos inferiores a 30.000 € anuales

  • Persona física residente en Canarias


Ventajas del REPEP

  • No se repercute IGIC al huésped

  • Menor carga administrativa

  • En muchos casos no es necesario presentar declaraciones periódicas de IGIC


Limitaciones del REPEP

  • No permite deducir IGIC soportado en gastos

  • Menor optimización fiscal en reformas o inversiones


Cuándo puede interesar

  • Pocas propiedades

  • Baja o media facturación

  • Prioridad en simplicidad de gestión


Cómo se calcula el IGIC en una reserva

El IGIC está incluido dentro del precio final pagado por el huésped.

Ejemplo:

Precio total: 400 €

IGIC incluido:

400 × 7 / 107 = 26,17 €

Base imponible:

400 – 26,17 = 373,83 €

👉 El IGIC no se añade, se desglosa dentro del precio final.


IGIC y plataformas como Airbnb o Booking

Aunque las plataformas cobren comisión, el IGIC se calcula siempre sobre el importe total pagado por el huésped, no sobre el ingreso neto del propietario.

Este es uno de los errores más comunes en la fiscalidad del alquiler vacacional.


Régimen general vs REPEP: diferencias clave en 2026

Régimen general IGIC

  • Permite deducir gastos

  • Mayor control fiscal

  • Obligaciones trimestrales

REPEP

  • Simplificación administrativa

  • No repercusión de IGIC

  • Menor carga contable


Qué régimen conviene más en 2026

No existe una opción única, depende del perfil del propietario:

  • REPEP → simplicidad y pocos ingresos

  • Régimen general → optimización fiscal e inversiones

Factores clave:

  • Volumen de reservas

  • Número de propiedades

  • Planes de reforma o inversión

  • Estrategia a largo plazo


Errores comunes en el IGIC del alquiler vacacional

  • No darse de alta con el Modelo 400 antes de empezar

  • Calcular mal la base del IGIC

  • No distinguir alquiler turístico vs temporada

  • Elegir régimen fiscal sin análisis previo


Consejos prácticos para 2026

  • Planifica el régimen fiscal antes de empezar

  • Guarda todas las facturas con IGIC

  • Revisa tu situación si superas 30.000 €

  • Usa asesoría especializada en Canarias si gestionas varias propiedades


Conclusión

El IGIC en el alquiler vacacional en Canarias en 2026 no es solo una obligación fiscal, sino un elemento clave en la rentabilidad del negocio.

Entender bien cuándo se aplica, cómo se declara y qué régimen elegir permite evitar errores y tomar decisiones más rentables.

La clave está en una buena planificación desde el inicio de la actividad.


Fuentes oficiales

  • Agencia Tributaria Canaria (ATC)

  • Boletín Oficial de Canarias (BOC)

  • Normativa fiscal IGIC vigente 2026

  • Documentación tributaria sobre alquiler vacacional en Canarias